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Estado y contrataciones

Ley 32069: lo que cambió para las empresas que venden servicios al Estado

La Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento rigen desde abril de 2025 y ya tuvieron modificaciones. Los cambios que más afectan el día a día de un proveedor: contratos menores, procedimientos, garantías, penalidades, conformidad y pago.

Por Karen, Legal y contrataciones con el Estado 5 min de lectura

La Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009-2025-EF, reemplazaron desde el 22 de abril de 2025 a la Ley N.° 30225, que rigió las compras del Estado durante casi una década. Desde entonces, ambos textos ya se modificaron varias veces, entre otras normas por la Ley N.° 32515 y el Decreto Supremo N.° 001-2026-EF.

Para una empresa que vende servicios al Estado, sobre todo si es pequeña, algunos cambios son de nombre y otros cambian la manera de cotizar, de cobrar y de responder ante un problema. Estos son los que más conviene conocer.

Un nuevo organismo y una sola plataforma

El OSCE dio paso al OECE, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes, y toda referencia al primero se entiende hecha al segundo. El SEACE, el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y la herramienta de contratos menores forman parte ahora de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas, conocida como Pladicop.

El detalle práctico: lo que se publica en la Pladicop se considera notificado ese mismo día. Revisar la plataforma con frecuencia deja de ser una buena costumbre y pasa a ser una obligación, porque los plazos empiezan a correr aunque nadie haya avisado por correo.

Los contratos menores ahora tienen reglas

Las contrataciones de hasta 8 UIT, es decir hasta S/ 44,000 en 2026, estaban antes fuera del alcance de la ley. Ahora la ley las regula. La entidad pide cotizaciones por la Pladicop, solo a proveedores inscritos en el RNP, y notifica la orden por la misma vía. Las penalidades tienen un tope del 10% y las controversias se resuelven por conciliación. El uso obligatorio de la plataforma para estos contratos se implementa de forma progresiva.

Para muchas empresas pequeñas, que trabajaban casi solo con órdenes de este tipo, esto significa que tener el RNP vigente y revisar la Pladicop es la condición para seguir recibiendo pedidos.

Otros procedimientos de selección

La adjudicación simplificada desapareció. Para servicios, en 2026 se usa el concurso público cuando el monto es igual o mayor a S/ 485,000 y el concurso público abreviado cuando es menor. También existen la comparación de precios, en la que solo cuenta el precio, se invita a un mínimo de tres proveedores y el procedimiento se declara desierto si no hay al menos dos ofertas válidas, y la subasta inversa para los servicios que tienen ficha técnica.

En los procedimientos abreviados, las micro y pequeñas empresas reciben una bonificación en el puntaje, y la experiencia que se les puede exigir no puede superar el 25% del monto del contrato.

El RNP también califica

La inscripción en el RNP para bienes y servicios es de aprobación automática, pero se suspende si el proveedor no actualiza sus cambios. La novedad es que el OECE clasifica a los proveedores cada trimestre en categorías de la A a la E, según su historial: penalidades por atraso, contratos resueltos y riesgo financiero, entre otros factores. Las categorías A, B y C suman puntos en el factor de desempeño de las evaluaciones.

Dicho de otro modo, cada contrato cumplido a tiempo mejora las posibilidades de ganar el siguiente, y cada penalidad las reduce.

Garantías y penalidades

  • Garantía de fiel cumplimiento: sigue siendo del 10%, pero ya no se exige en contratos de hasta 50 UIT (S/ 275,000 en 2026). Antes el límite era S/ 200,000.
  • Retención en lugar de carta fianza: la entidad puede retener parte de los pagos en contratos de hasta S/ 480,000, y en el caso de las micro y pequeñas empresas sin importar el monto. La retención se aplica durante la primera mitad de los pagos.
  • Penalidad por atraso: la fórmula usa ahora el mismo factor para todos los bienes y servicios, lo que reduce la penalidad diaria en los contratos de plazo largo.
  • Tope conjunto: la suma de la penalidad por atraso y las demás penalidades no puede superar el 10%. Antes cada tipo podía llegar al 10% por separado.

Conformidad y pago, con plazos más claros

La entidad tiene siete días para dar la conformidad, veinte en el caso de las consultorías. Si encuentra observaciones, el plazo para subsanarlas no puede superar el 30% del plazo del entregable, y los días que la entidad se demore en revisar no generan penalidad para el proveedor.

Una vez dada la conformidad, el pago debe hacerse en un máximo de diez días hábiles, prorrogables por cinco días hábiles más con justificación. La demora injustificada se considera falta grave y genera intereses legales a favor del proveedor.

Riesgos y controversias

Todo contrato debe incluir una cláusula de gestión de riesgos; antes la ley solo lo exigía en obras. Además, un servicio que la entidad nunca contrató antes se considera de riesgo alto.

Si un proveedor no está de acuerdo con el resultado de un procedimiento, tiene ocho días hábiles para apelar, cinco en los procedimientos abreviados y en la comparación de precios. La garantía para apelar es del 3% con un tope de 300 UIT, pero para las micro y pequeñas empresas baja al 0.5% con un tope de 25 UIT. Cuando una controversia durante la ejecución llega a arbitraje, se resuelve en una institución arbitral inscrita ante el OECE, salvo las de hasta 10 UIT, que pueden ir a un arbitraje ad hoc.

Qué hacer ahora

  1. Verificar que el RNP esté vigente y actualizado, con los datos de la empresa al día.
  2. Revisar la Pladicop todos los días hábiles, o designar a alguien que lo haga.
  3. Conocer la categoría que el OECE le asigna a la empresa y cuidar el historial de cumplimiento.
  4. Leer la cláusula de riesgos y las penalidades de cada contrato antes de firmarlo.
  5. Llevar el control de las fechas de conformidad y de pago de cada entregable, para reclamar a tiempo si se vencen.

Los textos actualizados de la Ley y del Reglamento están en la colección oficial del OECE. Esta nota resume la norma en términos generales y no constituye asesoría legal: cada procedimiento se rige por sus bases y por la normativa vigente al momento de la convocatoria.

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